divorcio notarial

El divorcio notarial

En determinadas circunstancias, los cónyuges que quieran divorciarse pueden elegir entre solicitarlo ante los juzgados, o de una forma más rápida, fácil y cómoda: ante Notario. No obstante, para divorciarse ante Notario, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  •  Plazo de tres meses. Deben haber transcurrido al menos, tres meses desde la celebración del matrimonio. Este es un plazo común para cualquier tipo de divorcio.
  •  Mutuo Acuerdo. Debe tratarse de un divorcio de mutuo acuerdo. Si no hay acuerdo entre los cónyuges, una de las partes deberá iniciar un procedimiento de Divorcio Contencioso ante el Juzgado competente.
  • Sin hijos o hijos mayores de edad. Para poder divorciarse ante Notario es necesario que no haya hijos menores o incapacitados (conforme a la última reforma del Código Civil ya no se puede hablar de incapacitados, sino de personas respecto de las cuales se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores). Es decir, se requiere que el matrimonio no tenga hijos menores o que éstos sean mayores de edad e independientes económicamente.

Si hay hijos menores o mayores de edad respecto de los cuales se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo, será necesario acudir al Juzgado para divorciarse, aunque se realizase de mutuo acuerdo.

En caso de que los cónyuges tengan hijos menores emancipados o mayores de edad, pero dependientes económicamente, éstos deberán otorgar su consentimiento respecto de las medidas contenidas en el Convenio Regulador del Divorcio que les afecten directamente, por lo que deberán estar presentes en el momento de la firma ante Notario.

  • Intervención obligatoria de abogado. En estos procedimientos es obligatoria la intervención de un abogado, que será el encargado de redactar el Convenio Regulador y prestar asesoramiento legal a los cónyuges. El Convenio Regulador es el documento en el que se recoge el acuerdo alcanzado entre los cónyuges en el que se señalan las medidas que regirán su relación en el futuro, tras el divorcio; en el divorcio notarial tramitarse con un solo abogado, pero cada cónyuge puede contar el suyo.
  • No intervención de procurador. Para divorciarse notarialmente no es necesaria la intervención de un procurador; mientras que su participación sí es obligatoria en caso de divorcio judicial, ya sea de mutuo acuerdo o contencioso.
  • Liquidación del régimen económico matrimonial. A la vez que se tramita el divorcio, se puede liquidar el régimen económico matrimonial. Así, por ejemplo, si la pareja está casada en régimen de gananciales, en el mismo documento que se otorga ante notario se puede extinguir y liquidar dicha sociedad.

En cuanto a la documentación necesaria, los cónyuges deben aportar los siguientes documentos:

  • DNI de ambos cónyuges.
  • Libro de familia.
  • Certificado literal de matrimonio (se solicita en el Registro Civil o Juzgado de Paz del lugar de celebración).
  • Certificado literal de nacimiento de los hijos mayores de edad si los hubiera.
  • Certificado de empadronamiento de ambos cónyuges (determina la notaría).
  • Convenio Regulador redactado por abogados y firmado por ambos cónyuges.
  • En el caso de liquidación del régimen económico matrimonial, se deberán aportar los títulos de propiedad, valoraciones, cuentas bancarias y posiciones, documentación de vehículos comunes, deudas, y demás documentación que se requiera en función de los bienes y deudas que tengan.

¿Qué notario es el competente?

El divorcio se podrá realizar ante cualquier notario que se encuentre en el municipio del último domicilio familiar, o del lugar de residencia de ambos cónyuges; por ello se solicitan los certificados de empadronamiento.

¿Cuánto cuesta el divorcio notarial?

El coste puede oscilar entre los 150€ y 250€, dependiendo del Notario. Si el divorcio se realiza con la liquidación del régimen económico matrimonial, dicha cantidad se incrementará. Se abonan aparte los honorarios del Letrado o Letrados que asistan a los cónyuges, negocien las condiciones y redacten el Convenio Regulador y cada abogado estima sus honorarios libremente.

¿Cómo y dónde se inscribe para que tenga efectos legales?

Será el Notario ante el que se otorga el divorcio, el encargado de solicitar la inscripción del divorcio ante el Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio.

¿Qué plazo tienen que esperar los cónyuges para estar divorciados?

El acta notarial de divorcio surte efectos desde el mismo momento de su firma. Por tanto, y a diferencia de lo que ocurre en los divorcios que se solicitan ante los juzgados, el divorcio notarial será firme y surtirá efectos desde la fecha de su firma.

En Sainz & van Kesteren Abogados, somos especialistas en Derecho de Familia, ponte en contacto con nosotros en caso de que quieras iniciar un procedimiento de Divorcio o ampliar esta información.

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